RIOHACHA OPINA

El Nuevo Portal De Noticias De La Región

Noticias

jueves, 17 de octubre de 2024

Adiós a la 'lista negra' de Datacrédito y otras centrales de riesgo: Una ley le quitaría rápido el reporte negativo

 

A través de esta ley pretenden que los colombianos que estén reportados negativamente en las centrales de riesgo puedan salir de la ‘lista negra’ cuanto antes si pagan.

En Colombia hay una lista en la que nadie quiere estar y es la del reporte negativo de las centrales de riesgo como, por ejemplo, Datacrédito. Si bien actualmente quien esté en ella puede salir una vez esté al día con su deuda o si cumplió con el tiempo de mora, según lo establecido en la ley 1266 de 2008, una nueva ley haría todo más fácil. 

Hoy día no es sencillo salir de esa ‘lista negra’. Datacrédito Experian explica que la ley ordena que para incumplimientos o mora igual o superior a dos años, “el reporte negativo tendrá un plazo máximo de permanencia de cuatro años, contados a partir de la fecha de pago o extinción de la obligación”. 

Y, en el caso de que la mora en el pago sea inferior a dos años, este “permanecerá por el doble del tiempo de la mora, contados a partir de que sean pagadas las cuotas vencidas”. Sin embargo, congresistas del Pacto Histórico volvieron a presentar el proyecto de ley Borrón y cuenta nueva 2.0, con el que pretenden que se elimine este reporte una vez la persona pague. 

Esta iniciativa, que en un primer intento se hundió en el Senado de la República, fue radicada en la Cámara de Representantes en esta nueva legislatura por la senadora Clara López y el representante Alejandro Ocampo, entre otros 18 congresistas de dicho partido político que la respaldan.

Millones de colombianos están reportados en Datacrédito, lo cual limita su acceso a nuevos créditos y aunque hayan pagado la deuda, siguen reportados y penalizado. Alejandro Ocampo, representante a la Cámara´

Con este proyecto pretenden “crear un régimen transitorio que permita el retiro del reporte negativo de los bancos de datos de historiales crediticios de los deudores morosos, luego de la extinción de las deudas con entidades financieras, crediticias, comerciales y de servicios, y se incentiva al pago de acreencias y reactivación de la vida crediticia”. 

En palabras más sencillas: una vez la persona pague su deuda, las centrales de riesgos deben eliminar el reporte negativo para volver a ser sujeto de nuevos créditos y así lograr que los bancos y entidades financieras puedan autorizarles nuevos créditos. 

El reporte negativo se eliminaría más rápido

Según el texto, la idea es reducir el tiempo que se mantiene un reporte negativo en la central de riesgo. Evitando extenderse por el doble de la mora. En ese sentido, los titulares de la información que extingan sus obligaciones dentro de los doce meses siguientes de entrada en vigencia esta ley, “permanecerán con dicha información negativa en los bancos de datos por un término máximo de dos meses, tras lo cual se deberá retirar su reporte negativo de manera inmediata”. 

En cambio, aquellos que paguen antes de que la norma entre en vigencia serán beneficiarios de la eliminación de su información negativa de manera automática e inmediata de los bancos de datos de historiales crediticios.

Asimismo, será labor de las centrales de riesgo notificar por los medios idóneos a los usuarios cuando se eliminen datos negativos de sus reportes de crédito.

Otros beneficiados del 'borrón y cuenta nueva 2.0'

Esta ley también aplicaría para las personas que tengan obligaciones crediticias con el Icetex, tanto deudor como codeudor, que paguen las cuotas vencidas, extingan su deuda o que realicen un acuerdo de pago y cumplan con las cuotas ininterrumpidamente durante los seis meses siguientes a la entrada en vigencia de esta iniciativa. 

Por otro lado, aquellos que tengan créditos con fines de adquirir vivienda, que paguen las cuotas vencidas o que realicen un acuerdo de pago y cumplan con las cuotas ininterrumpidamente por seis meses consecutivos durante los doce meses de vigencia del presente régimen transitorio, podrán solicitar el retiro inmediato del dato negativo de los bancos de datos.

Así como también las personas que tengan clasificación Mipyme, o del sector turismo, pequeños productores del sector agropecuario, personas naturales que ejerzan actividades comerciales o independientes, que extingan sus obligaciones objeto de reporte dentro de los doce meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley.

“Las entidades financieras, crediticias, comerciales y de servicios dentro de los dos meses siguientes a la expedición de la presente ley, deberán implementar un plan de comunicación y publicidad para informar, de forma cierta, suficiente, clara y oportuna, los beneficios de esta ley garantizando la atención ante las peticiones, quejas y/o reclamos de los consumidores financieros para que conozcan adecuadamente sus derechos y obligaciones derivados de lo dispuesto en la presente ley”, enfatizan en el documento.

 

 

 


No hay comentarios.:

Publicar un comentario