A través de esta ley pretenden
que los colombianos que estén reportados negativamente en las centrales de
riesgo puedan salir de la ‘lista negra’ cuanto antes si pagan.
En Colombia hay una lista en la
que nadie quiere estar y es la del reporte negativo de las centrales de
riesgo como, por ejemplo, Datacrédito. Si bien actualmente quien esté
en ella puede salir una vez esté al día con su deuda o si cumplió con el tiempo
de mora, según lo establecido en la ley 1266 de 2008, una nueva ley haría todo
más fácil.
Hoy día no es sencillo salir de
esa ‘lista negra’. Datacrédito Experian explica que la ley ordena que para
incumplimientos o mora igual o superior a dos años, “el reporte negativo
tendrá un plazo máximo de permanencia de cuatro años, contados a partir de la
fecha de pago o extinción de la obligación”.
Y, en el caso de que la mora en
el pago sea inferior a dos años, este “permanecerá por el doble del tiempo de
la mora, contados a partir de que sean pagadas las cuotas vencidas”. Sin
embargo, congresistas del Pacto Histórico volvieron a presentar el
proyecto de ley Borrón y cuenta nueva 2.0, con el que pretenden que se
elimine este reporte una vez la persona pague.
Esta iniciativa, que en un primer
intento se hundió en el Senado de la República, fue radicada en la Cámara
de Representantes en esta nueva legislatura por la senadora Clara López y
el representante Alejandro Ocampo, entre otros 18 congresistas de dicho partido
político que la respaldan.
Millones de colombianos están reportados en Datacrédito, lo cual limita su acceso a nuevos créditos y aunque hayan pagado la deuda, siguen reportados y penalizado. Alejandro Ocampo, representante a la Cámara´
Con este proyecto pretenden “crear
un régimen transitorio que permita el retiro del reporte negativo de los bancos
de datos de historiales crediticios de los deudores morosos, luego de la
extinción de las deudas con entidades financieras, crediticias, comerciales y
de servicios, y se incentiva al pago de acreencias y reactivación de la vida
crediticia”.
En palabras más sencillas: una
vez la persona pague su deuda, las centrales de riesgos deben eliminar el
reporte negativo para volver a ser sujeto de nuevos créditos y así lograr
que los bancos y entidades financieras puedan autorizarles nuevos
créditos.
El reporte negativo se eliminaría
más rápido
Según el texto, la idea es
reducir el tiempo que se mantiene un reporte negativo en la central de riesgo.
Evitando extenderse por el doble de la mora. En ese sentido, los titulares de
la información que extingan sus obligaciones dentro de los doce meses
siguientes de entrada en vigencia esta ley, “permanecerán con dicha información
negativa en los bancos de datos por un término máximo de dos meses, tras lo
cual se deberá retirar su reporte negativo de manera inmediata”.
En cambio, aquellos que
paguen antes de que la norma entre en vigencia serán beneficiarios de la
eliminación de su información negativa de manera automática e inmediata de
los bancos de datos de historiales crediticios.
Asimismo, será labor de las
centrales de riesgo notificar por los medios idóneos a los usuarios cuando se
eliminen datos negativos de sus reportes de crédito.
Otros beneficiados del 'borrón y
cuenta nueva 2.0'
Esta ley también aplicaría para
las personas que tengan obligaciones crediticias con el Icetex, tanto
deudor como codeudor, que paguen las cuotas vencidas, extingan su deuda o que
realicen un acuerdo de pago y cumplan con las cuotas ininterrumpidamente
durante los seis meses siguientes a la entrada en vigencia de esta
iniciativa.
Por otro lado, aquellos que
tengan créditos con fines de adquirir vivienda, que paguen las cuotas vencidas
o que realicen un acuerdo de pago y cumplan con las cuotas ininterrumpidamente
por seis meses consecutivos durante los doce meses de vigencia del presente
régimen transitorio, podrán solicitar el retiro inmediato del dato
negativo de los bancos de datos.
Así como también las personas que
tengan clasificación Mipyme, o del sector turismo, pequeños productores del
sector agropecuario, personas naturales que ejerzan actividades comerciales o
independientes, que extingan sus obligaciones objeto de reporte dentro de los
doce meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley.
“Las entidades financieras,
crediticias, comerciales y de servicios dentro de los dos meses siguientes a la
expedición de la presente ley, deberán implementar un plan de comunicación y
publicidad para informar, de forma cierta, suficiente, clara y oportuna, los
beneficios de esta ley garantizando la atención ante las peticiones, quejas y/o
reclamos de los consumidores financieros para que conozcan adecuadamente sus
derechos y obligaciones derivados de lo dispuesto en la presente ley”,
enfatizan en el documento.
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