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lunes, 15 de junio de 2020

Que Tan Legales Son Las Multas Económicas, Las Inmovilizaciones De Motos Y Motocarros Que Se Hacen En Maicao



Los retenes que vienen adelantando miembros de la Policía Nacional, en compañía de auxiliares de tránsito del municipio de Maicao, funcionarios que fueron contratados por la dirección del tránsito municipal con la finalidad de regular el tráfico, no se ajustan a la ley.
Lo cual tipifica el delito de Extralimitación de funciones, delito que comete el servidor público que extralimitándose en sus funciones o abusando de su cargo obliga o induce a alguien a dar o prometer dinero o cualquier otra utilidad para sí mismo o para un tercero. Se encuentra tipificado en el artículo 404 del Código Penal
Maicao en la actualidad, solo cuenta con dos agentes de tránsito los señores Pablo Charris y Alex Rocha, la policía que cumple función de vigilancia y control del orden público no está habilitada para regular tránsito. Esto solo lo puede hacer la policía de tránsito y transporte previo convenio con el municipio y en la actualidad dicho convenio no existe.
Invito a los que sostienen que el mototaxismo es ilegal a que verifiquen que tanta legalidad tienen quienes los multan o los regulan. El respeto se exige, la confianza se gana. Que confiemos en alguien no significa que pensemos que es menos que nosotros, y tampoco es una falta de respeto. ... El respeto tiene que ver con el reconocimiento y la habilitación de la otra persona para relacionarse con nosotros. Si las instituciones dan el ejemplo abusando de su poder que se puede esperar del ciudadano del común.
La ley 769 de 2002 en su Artículo 3º, establece claramente quienes son Las Autoridades de tránsito:
“Para los efectos de la presente ley entiéndase que son autoridades de tránsito, en su orden, las siguientes:
El Ministro de Transporte.
Los Gobernadores y los alcaldes.
Los organismos de tránsito de carácter departamental, municipal o Distrital.
La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte.
Los Inspectores de Policía, los Inspectores de Tránsito, Corregidores o quien haga sus veces en cada ente territorial.
La Superintendencia General de Puertos y Transporte.
Las Fuerzas Militares para cumplir exclusivamente lo dispuesto en el parágrafo 5o de este artículo.
Los Agentes de Tránsito y Transporte."QUE EN EL CASO DE MAICAO SON LOS SEÑORES PABLO CHARRIS Y ALEX ROCHA.
Por lo anteriormente expuesto es claro que no están habilitados la Policía Nacional, ni los auxiliares de tránsito, para adelantar operativos o inmovilizar motos, por seguro o tecno mecánica en el casco urbano de Maicao.
Por otra parte, sería bueno que la dirección del tránsito municipal, el concejo municipal o en su defecto la administración municipal, hiciese público el decreto o la ley que habilita al tránsito municipal, para cobrar $72.000 pesos de patio, $80.000 pesos de grúa y 219.000 pesos de multa, para un total de $371.000 pesos, cuando una moto es detenida. De no existir la ley, que ampare el decreto o el proyecto de acuerdo emanado por el concejo municipal, no es mas que otro abuso de autoridad y extralimitación de funciones.
Vía Juan Carlos Parodi

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