El 8 de mayo de 2017 la Corte
Constitucional declaró el estado de cosas inconstitucional en La Guajira porque
no se garantizan los derechos fundamentales de los wayuu.
Tres años han pasado desde que
la Corte Constitucional declaró en la Sentencia T-302 el estado de cosas inconstitucional en La Guajira y según líderes de la etnia wayuu,
los problemas de agua, salud, alimentación
y participación genuina en las decisiones que les conciernen, siguen intactos.
La lideresa Marta Epinayu afirma que
cuando se dio este pronunciamiento, el 8 de mayo de 2017, creyeron que sería la cuota inicial a la solución
de estas problemáticas,
pero además una oportunidad de reunirse por fin con los sectores del gobierno y
así construir juntos la manera como las comunidades wayuu querían ser tenidas
en cuenta o incluidas en los planes
de desarrollo.
“Las mesas de diálogo que
fueron instaladas apresuradamente en diciembre del 2019 no
representaron un trabajo efectivo, pues los funcionarios enviados
por parte del gobierno para adelantar los diálogos, no tenían el poder de
acción, ejecución y cambio sobre las peticiones que les hacía la
comunidad. Ellos solo contaban con una oferta fija, que no siempre
coincidía con el pensamiento, usos y costumbre de los wayuu”, aseguró.
El
plan de acción, cuya elaboración, presupuestación,
contratación y ejecución fue ordenado por la Corte Constitucional en la
sentencia, deberá elaborarse de manera
articulada y coordinada en el plano interinstitucional e intersectorial, nacional y regional, de manera que participen
todas las entidades accionadas y las demás que tengan incidencia en la crisis
de los derechos fundamentales de los niños y niñas wayuu.
Según la Veeduría Ciudadana de la
Sentencia T-302, tres años después de su expedición, La Guajira aún no
cuenta con un plan de acción articulado como resultado del trabajo conjunto de
las 24 entidades accionadas (presidencia- ministerios, gobernación y alcaldías)
que permita cumplir integralmente con las responsabilidades específicas
asignadas.
“El gran obstáculo que se presenta
para el efectivo cumplimiento de la sentencia, está centrado en la no
disposición de un sistema de información real sobre la cantidad y ubicación de
las comunidades, pues hay inconsistencias entre los datos del Dane, el servicio
de salud y las entidades territoriales”, afirman los líderes.
Sonia Iguarán, líder de
la Alta Guajira asegura que “el
problema de agua y alimentos dentro de las rancherías se ha hecho más visible
con la imposibilidad que tenemos los indígenas de salir a comercializar las
mochilas que nos dan el sustento diario,
por eso y las ayudas humanitarias (1 caja por familia) no son suficientes para
calmar el hambre de las familias, ya que con el mercado suministrado sólo
alcanza a comer una familia de 4 integrantes durante 3 días y hoy
ya completamos más de 40 días de encierro”.
Agrega que muy a pesar del reiterado
incumplimiento de la Sentencia, el Tribunal de Riohacha, encargado por la Corte
de evaluarla e implementarla, no ha abierto el solicitado incidente de desacato
y seguramente está lejos de hacerlo luego de superada la pandemia por
las múltiples razones que presentarán los gobiernos en el actual contexto.
“Han
pasado tres años de informes y alarmas presentadas
por la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo, quejas que no han sido escuchadas y poco se
investiga frente a las omisiones de los funcionarios que tienen la responsabilidad de su
ejecución”, asegura.
Los veedores agregan que las
alcaldías de Riohacha, Manaure, Uribia, Maicao, al igual que el gobernador de
La Guajira pueden hacer la diferencia, ya que tienen la oportunidad de
trascender e iniciar el proceso de cambio planificado de esta realidad en
coordinación con la nación a partir de la estructuración de los planes de
desarrollo 2020-2023, en donde se deben incluir las necesidades de las comunidades,
acatando las órdenes dadas en la Sentencia T302 de 2017.
“Si las entidades territoriales no
ponen de su parte y si no se jalona al gobierno nacional, con seguridad los
diarios nacionales y titulares de prensa seguirán llenándose de imágenes esqueléticas
de niños que reclaman atención urgente por estar al borde la muerte”, indican
los líderes.
El exdirector de Planeación
departamental Mauricio Ramírez aseguró que “esta sentencia es una orden
judicial, es decir, no es opcional sí se cumple o no, no es discutible, no es
criticable, solo es cumplible, pero para poder hacerlo requiere de la
articulación de todas las instancias accionadas, que incluye a entidades del
nivel nacional, departamental y municipal, es decir, se establece una
corresponsabilidad de actores, entre los cuales están en primera línea los
municipios, porque estas poblaciones son ciudadanos de estos municipios, y al
final de cuenta, la responsabilidad primaria de garantizar el acceso al agua,
la seguridad alimentaria y la atención en salud es de los municipios, en
segundo nivel, del departamento y en tercer nivel, de la nación”.
Los
líderes wayuu y veedores esperan que para el próximo cumpleaños
“se puedan evidenciar y celebrar avances en la superación del
estado de cosas inconstitucional,
con un gobierno capaz de generar acciones conjuntas a nivel
nacional y regional, ejecutadas de la mano de un diálogo genuino con las
comunidades, en aras de garantizar los derechos fundamentales y la pervivencia
de la etnia wayuu”.
Vía @elheraldoco
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